TRABAJO EXTERNO:

Alumna: Gabriela Soledad Agriela Rodríguez

Materia: Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Universidad: Facultad de Derecho. CLAEH. Maldonado.

Profesor a cargo: Carlos Castro

Profesor Adj. Catherine Colombo

PLANES DE MANEJO DE AREAS PROTEGIDAS

PLANES DE MANEJO DE AREAS PROTEGIDAS Y AREA DE INFLUENCIAS

SEGÚN LA LEY 17234 DEL 2000. Artículo 12

(Planes de manejo).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a
propuesta de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, establecerá las pautas y planes generales
correspondientes para cada categoría de áreas naturales protegidas y para la región adyacente.

Los administradores de áreas naturales protegidas, dentro del primer año de su gestión, deberán
presentar MVOTMA, para su aprobación, los planes de manejo…

Sin perjuicio de ello, cuando así estuviera dispuesto serán de aplicación las disposiciones de la
Ley Nº 16.466, de 19 de enero de 1994 y normas reglamentarias.

MVOTMA (Ley 16.112 30/5/1990) es el órgano encargado en la formulación, ejecución,
supervisión y evaluación de los planes nacionales de protección del Medio Ambiente y la
Instrumentación de la política nacional en la materia.

El MVOTMA por DEC 249/90 de fecha 31/5/1990 establece la obligación de este organismo de
elaborar y presentar al Poder Ejecutivo, un informe anual evaluatorio de la situación del ambiente en el país antes del 5 de junio de cada año. La finalidad es la de contar con la información actualizada sobre la situación general del medio ambiente en el país a los efectos de conocer y divulgar su evolución en oportunidad de la celebración anual del Día del Medio Ambiente.

Por la Ley 16.170 28/12/1990 art. 458 el MVOTMA: tiene la comisión del estudio y definición
precisa de las áreas de protección y reserva ecológica, así como la reglamentación de su uso y
manejo, en particular respecto las zonas que se mencionan en los literales “a” al “e” del inciso 1ro
del artículo.

AREA DE INFLUENCIA. Además del área de protección, existe otra llamada de INFLUENCIA,
que también tendrá una protección de carácter intermedia, es una zona de transición.
¿Qué es el SNAP? Uruguay está implementando su Sistema Nacional de Áreas Protegidas
(SNAP), una herramienta que permite el cuidado del ambiente, en particular la diversidad
biológica.

El Sistema incluirá áreas representativas de los ambientes naturales de Uruguay, como ríos,
sierras, montes, humedales, pastizales, quebradas, zonas marinas, costeras e islas, así como los
valores culturales asociados a éstos.
Las áreas protegidas contribuyen a la conservación del patrimonio natural y cultural del país y
ayudan a reducir las presiones causadas por algunas actividades humanas sobre estos
ambientes. En ellas el impacto se reduce a la mínima expresión y, por tanto, se transforman en
sitios de referencia para apreciar los beneficios de la protección. Generan oportunidades para las
comunidades locales y la sociedad: la recreación, el turismo, la educación, la investigación, el
desarrollo de actividades productivas compatibles con la conservación, así como el mantenimiento
de tradiciones y culturas locales que fortalecen nuestra identidad.